El pago
Pago o cumplimiento es la
entrega de la cosa o cantidad debida, o la prestación del servicio que se
hubiere prometido.
Novación
Hay novación de contrato
cuando las partes en él interesadas lo alteran substancialmente substituyendo una
obligación nueva a la antigua.
Dación en pago
La obligación queda
extinguida cuando el acreedor recibe en pago una cosa distinta en lugar de la
debida.
Compensación
Tiene lugar la compensación
cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y
por su propio derecho.
Confusión
La obligación se extingue
por confusión cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnen en una misma
persona. La obligación renace si la confusión cesa.
Remisión de deuda
Cualquiera puede renunciar
su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas,
excepto en aquellos casos en que la ley lo prohíbe.
Transacción
La transacción es un convenio
por el cual las partes haciéndose recíprocas concesiones, terminan una
controversia presente o previenen una futura.
Prescripción liberatoria
Para Bejarano Sánchez la prescripción
es una institución de orden público que extingue la facultad de un acreedor,
que se ha abstenido de reclamar su derecho durante determinado plazo legal, a
ejercer coacción legítima contra un deudor, que se opone al cobro extemporáneo
o exige la declaratoria de prescripción.
Caducidad
Pérez Bautista apunta que la
caducidad representa la pérdida de un derecho como consecuencia de la apatía de
su titular para ejercerlo en el plazo en que debía hacerlo, según lo determine
la ley como presupuesto necesario para preservarlo.
Caso fortuito y fuerza mayor
Nadie está obligado al caso
fortuito sino cuando ha dado causa contribuido a él, cuando ha aceptado
expresamente esa responsabilidad, o cuando la ley se la impone.